Multas y sanciones
Tráfico, sanciones municipales, de consumo o urbanísticas. Alegaciones, recurso de reposición y contencioso si procede.
Derecho administrativo
La Administración multa, sanciona, deniega o le reclama, y lo hace desde una posición de ventaja: sus actos se presumen válidos, dispone de medios ilimitados y sabe que la mayoría de la gente acaba pagando, porque recurrir parece más caro y más complicado que resignarse.
Ahí es donde entramos. Equilibrar esa balanza es exactamente nuestro trabajo: revisar el expediente con el mismo rigor con el que debió dictarse, encontrar el defecto que lo invalida y sostenerlo hasta el final. Que enfrente esté la Administración no significa que tenga razón.
Qué abarca
Tráfico, sanciones municipales, de consumo o urbanísticas. Alegaciones, recurso de reposición y contencioso si procede.
Cuando la vía administrativa se agota sin darle la razón, el asunto pasa al juzgado de lo contencioso-administrativo.
Licencias de obra y de actividad, órdenes de ejecución y expedientes de disciplina urbanística.
Daños causados por el funcionamiento de un servicio público: caídas en la vía, asistencia sanitaria, obras municipales.
Defensa del justiprecio cuando la valoración de la Administración está muy por debajo del valor real.
Denegación, reintegro y expedientes de revocación de ayudas ya concedidas.
Cómo lo planteamos
Un expediente administrativo se gana leyéndolo mejor de lo que lo escribieron.
Hablemos de su casoLa Administración también se equivoca, y cuando lo hace queda por escrito. El defecto de motivación, el trámite omitido o la prueba que nadie practicó están en el expediente: hay que ir a buscarlos antes de escribir una sola línea.
Un acto administrativo tiene que estar motivado, dictado por quien es competente y siguiendo el procedimiento debido. Cuando no lo está, decae. Nuestro trabajo consiste en no dar nada de eso por supuesto.
Mucha gente se rinde cuando le desestiman el recurso de reposición, y es justo lo que se espera de ella. Esa desestimación no cierra el asunto: abre el contencioso, que es donde el expediente se examina de verdad ante un juez.
Estos procedimientos se ganan por insistencia tanto como por argumentos. Si hay que ir al juzgado, vamos, con procurador y con la prueba pericial preparada cuando el asunto la necesita.
Quién lleva su caso
Los procedimientos administrativos y contencioso-administrativos los lleva todo el equipo de Torres y Tur Abogados, dirigido por Rubén Torres Rodríguez, colegiado nº 10.588, y Lara Tur Varo, colegiada nº 10.587, ambos del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga.
Enfrente hay una maquinaria con medios ilimitados que da por hecho que usted se cansará antes. Revisar el expediente completo con varios criterios es lo que permite encontrar el defecto que la deja sin razón, y sostenerlo cuando toca insistir.
Hablemos
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