Reclamación de cantidad
Facturas impagadas, préstamos entre particulares, honorarios y cantidades pactadas que nunca llegaron. Proceso monitorio, juicio verbal u ordinario según la cuantía y la prueba de que se disponga.
Derecho civil
El derecho civil es el que gobierna la vida corriente: lo que se compra y se vende, lo que se presta, lo que se pacta, lo que se construye y lo que se comparte. Casi nadie piensa en él hasta que algo se rompe.
Cuando eso ocurre, hay una vía para reclamarlo. Y una regla que nos aplicamos: el encargo no termina con la sentencia, sino cuando usted ha obtenido aquello por lo que vino.
Qué abarca
Facturas impagadas, préstamos entre particulares, honorarios y cantidades pactadas que nunca llegaron. Proceso monitorio, juicio verbal u ordinario según la cuantía y la prueba de que se disponga.
Compraventas, arras, encargos de obra o servicios que no se prestaron como se pactó. Cumplimiento forzoso, resolución del contrato e indemnización de los daños causados.
Obras mal ejecutadas, humedades, filtraciones y daños estructurales. Reclamación frente a constructora, promotora y técnicos intervinientes, dentro de los plazos de garantía.
Muy especialmente los accidentes de tráfico: lesiones, secuelas, días de perjuicio y daños materiales, con reclamación a la aseguradora y valoración conforme al baremo. Y cualquier otro daño causado por un tercero del que deba responder.
Acciones sobre el dominio y la posesión, servidumbres, lindes y deslindes, tercerías y anotaciones registrales.
Cuando un bien pertenece a varias personas y una quiere salir: acuerdo, adjudicación con compensación o venta, por la vía judicial si no hay entendimiento.
Impugnación de acuerdos, reclamación de cuotas impagadas, obras y derramas, y conflictos de convivencia entre vecinos.
Averiguación patrimonial y embargo de nóminas, cuentas, devoluciones tributarias y vehículos. Aquí es donde una sentencia se convierte en dinero.
Si quien no puede pagar es usted: exoneración del pasivo insatisfecho para particulares y autónomos.
Cómo lo planteamos
En lo civil se gana con método: documentar bien, elegir el cauce correcto y no soltar el asunto hasta el final.
Hablemos de su casoCobrar una deuda, recuperar un bien, que se cumpla lo pactado o cerrar de una vez un conflicto que dura años. No todas las reclamaciones persiguen lo mismo, y la estrategia cambia por completo según lo que usted necesite de verdad. Por eso empezamos preguntando, no redactando.
Si la deuda está documentada, monitorio. Plantear como ordinario lo que cabía en un procedimiento más ágil solo alarga los plazos y encarece el asunto. Acertar con el procedimiento es ya media reclamación.
Obtener una sentencia favorable y obtener el resultado son cosas distintas. Por eso el trabajo continúa después: ejecución, averiguación patrimonial y embargos, con el mismo seguimiento que en la fase declarativa.
Muchos despachos entregan la sentencia y se despiden. Aquí el asunto no se considera cerrado por tener un papel firmado por un juez, sino cuando usted ha obtenido aquello por lo que acudió: el dinero en su cuenta, el bien en sus manos o el conflicto definitivamente resuelto.
Quién lleva su caso
Las reclamaciones civiles las lleva todo el equipo de Torres y Tur Abogados, dirigido por Rubén Torres Rodríguez, colegiado nº 10.588, y Lara Tur Varo, colegiada nº 10.587, ambos del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga, con una trayectoria de litigación en los juzgados de Málaga y provincia y formación continua en la materia.
Es un área donde el seguimiento pesa tanto como el escrito inicial: entre la demanda y el cobro efectivo pueden pasar meses de ejecución, embargos y averiguación patrimonial. Tener un equipo detrás es lo que evita que el asunto se quede parado en algún tramo.
Hablemos
Elija la que le resulte más cómoda. Respondemos el mismo día laborable.
Cuéntenos el caso con calma y con los datos que tenga. Es la vía que nos permite darle una respuesta más concreta.
Rellenar el formulario Teléfono 687 21 33 26De lunes a viernes, de 9:00 a 15:00. También puede llamarnos al 685 75 34 28.
Llamar ahora WhatsApp 687 21 33 26Si le resulta más cómodo escribir que llamar. También en el 685 75 34 28. Puede adjuntarnos el contrato o los documentos que tenga.
Abrir WhatsApp Correo Enviar un correoinfo@torresyturabogados.com
Abrir el correo